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3 Controversias filosófico-jurídicas renacentistas

El Renacimiento, movimiento cultural que se produjo en Europa (1450-1600), puso punto final a los “siglos oscuros” del feudalismo para dar paso a lo que hoy entendemos por Modernismo. Varias fueron las causas sociales, económicas, religiosas y filosóficas que produjeron este “renacimiento”, entre ellas, el desarrollo de la burguesía que dio lugar a un joven capitalismo.

Resultado de este movimiento renacentista serían: la nueva circulación de libros paganos; la sustitución del ascetismo por los placeres mundanos; la aparición de un arte realista y sensual, que toma el lugar del arte medieval místico y simbólico; y la emancipación de los reyes europeos de la pretendida soberanía del emperador, dentro de esa “confederación de naciones” que fue el Sacro Imperio Romano Germánico. Si a ellos,añadimos un típico fenómeno renacentista, “la duda” en contraposición a “la certeza” del mundo medieval, podemos  entender el gran desarrollo que, tanto en las artes como en las ciencias, se debe al Renacimiento. Algunas de esas dudas, que implican al derecho, son: 

1- En esta época aparecen los primeros Estados nacionales, pues la población empezó a cuestionarse el origen del poder del rey. Se preguntaban si era un derecho divino o si era producto de una delegación hecha a este por el pueblo.  Importante fue la literatura jurídica que se produjo en torno a este tema, debida a los hugonotes franceses y a los calvinistas holandeses. Los primeros elaboraron una obra anónima: Vindicae contra tyrannos (1579) que es un clásico de la doctrina política revolucionaria. En igual sentido, cabe destacar también las obras del jesuita español Francisco Suárez: Tractatus de Legibus ac Deo Legislatore (1612) y del jurista francés Juan Bodino: Six livres de la République, publicada en 1576.

2- Al rechazo de los tradicionales “libros de autoridad”, a la aparición del  Incipiente racionalismo y al descubrimiento del Nuevo Mundo (América) debemos también una amplia literatura filosófico-política en torno a las “utopías”.  Estas últimas eran fantasías renacentistas que especulaban sobre una nueva organización de la sociedad basada estrictamente en la razón y la naturaleza humana, y que también causaron grandes controversias.  Conocidos ejemplos de este género son: la famosa Utopía de Tomás Moro, el Christianópolis de I.V. Andreä (1919), la Ciudad del Sol de Tomás Campanella (1623) y la Nova Atlantis de Bacon (1627).  

Estas utopías tuvieron repercusiones prácticas en el Nuevo Mundo. Ejemplo de ello son las “Instrucciones” que recibieron los monjes jerónimos para el gobierno de la isla Española (hoy Santo Domingo y Haití), los “hospitales” (que no solo eran asilos de enfermos, sino también experimentos de convivencia y adaptación social) fundados por Vasco de Quiroga en Michoacán (México) y las reducciones de indígenas organizadas por los jesuitas en el suroeste de Paraguay.

3- Por último, en torno al descubrimiento y conquista de América se produjeron varias controversias jurídicas derivadas de las Bulas Alejandrinas, a través de las cuales el papa Alejandro Borgia dividió el territorio americano entre las Coronas de España y Portugal. La más importante de dichas controversias, que ha pasado a la historia con el nombre de: “la polémica de los justos títulos”, versó sobre la legitimidad y justicia que tenía la Corona española para apropiarse de los territorios americanos y someter a sus habitantes. Este rubro, a su vez, implicaba otros dos aspectos:

a) el reconocimiento de la república de los indígenas con sus autoridades propias, paralela a la república de los españoles

b) el tratamiento que debía dársele a los pueblos nativos; esto es, cuestionamientos en torno a su libertad, su evangelización y al establecimiento de su condición jurídica.

Estos elementos fueron  debatidos durante la primera mitad del siglo XVI, época llamada por el hispanista norteamericano, Lewis Hanke, como la de la “lucha por la justicia en la conquista de América”. Dieron lugar a la promulgación de las Leyes de Burgos (1511) y las Leyes Nuevas (1542), a la convocatoria y realización de dos juntas de teólogos y juristas para discutirlos —las Juntas de Valladolid de 1549 y 1550— y a una amplísima literatura jurídica.

La historia del derecho es necesaria para comprender las legislaciones actuales. Elementos como la ética y los derechos humanos han cambiado; al estudiar sus modificaciones podemos solventar cuestiones  del presente. Si quieres aprender más sobre las Ciencias Jurídica y Sociales, te invitamos a descubrir nuestra Facultad.

Fuentes de consulta:

UNAM. (2010). Historia del Derecho. México: Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídica.

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